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2. ESTABLECER CUÁL ES LA CAUSA O LAS RAZONES QUE LO HAN LLEVADO A SALIR DE SU PAÍS

​Las razones son variadas, la violencia, situación social o económica, desastres naturales o emergencias provocadas por los seres humanos como ataques terroristas o por iniciativa propia en busca de mejores posibilidades, esto nos ayuda a determinar si es migración forzada o migración voluntaria, lo cual es importante porque en la primera categoría el grado de vulnerabilidad es mayor y la asistencia que suele requerirse es de emergencia con soluciones inmediatas o a corto plazo y en la segunda la asistencia que se requiere permite plantear soluciones a alcanzar en el mediano o incluso en el largo plazo.

 

En cuanto a la definición de refugiado establecida en el ordenamiento jurídico interno del país, el Decreto 1067 de 2015 artículo 2.2.3.1.1.1, señala:

 

“A efectos del presente capítulo, el término refugiado se aplicará a toda persona que reúna las siguientes condiciones:

 

a) Que debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país; o que, careciendo de nacionalidad y hallándose, a consecuencia de tales acontecimientos, fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera regresar a él;

b) Que se hubiera visto obligada a salir de su país porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de los Derechos Humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente al orden público, o

c) Que haya razones fundadas para creer que estaría en peligro de ser sometida a tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en caso de que se procediera a la expulsión, devolución o extradición al país de su nacionalidad o, en el caso que carezca de nacionalidad, al país de residencia habitual."

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